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La importancia de la contaminación producida por los COV trasciende desde la normativa europea hasta las comunidades autónomas. Estas comunidades son las encargadas de comprobar el cumplimiento legislativo.
Cada comunidad autónoma regula el Registro de instalaciones y establecimientos con actividades emisoras de compuestos orgánicos volátiles (COV´s) y la forma de presentación de los datos que se deben remitir a la administración.
En el siguiente listado podemos ver un resumen de la legislación actual sobre COV’s existente en España.
Dada la importancia de estos contaminantes, el Consejo de la Unión Europea aprobó el 11 de marzo de 1999 la Directiva 1999/13/CE relativa a la limitación de las emisiones de COV debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones.
Esta Directiva 1999/13/CE fue transpuesta a la legislación nacional mediante el Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades. Su objeto es evitar o reducir los efectos de las emisiones de COV sobre el medio ambiente y las personas. Se aplica a las instalaciones donde se desarrollen algunas de las 15 actividades listadas en el Anexo I.
A partir del Real Decreto 117/2003 se han ido sucediendo varias modificaciones y el desarrollo de los Registros autonómicos en España.
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