La contaminación acústica y, en especial, el ruido nocturno especialmente en zonas con terrazas, ocio nocturno y eventos al aire libre, es uno de los principales motivos de quejas ciudadanas.
De hecho, según el Informe Anual 2024 del Defensor del Pueblo, muchas Administraciones no están actuando con la eficiencia que requiere este problema, por lo que los ciudadanos se sienten indefensos frente a la contaminación acústica.
Así pues, ¿qué medidas se pueden implementar para su reducción?
¿Qué es el ruido nocturno y qué consecuencias tiene?
Las consecuencias de la contaminación acústica, suponen la presencia de ruidos o vibraciones que generan molestias sobre las personas, entre otras.
El ruido ambiental se considera nocturno cuando ocurre entre las 23:00 y las 7:00 horas. Durante ese período, el oído es más sensible y el sueño es más vulnerable a alternaciones.
Este problema impide en muchos casos el desarrollo normal de las actividades diarias, entre las que dormir ocupa un rol fundamental. Estudios recientes indican que niveles superiores a 30 dB pueden afectar al descanso, y a partir de 55 dB se asocian a mayor riesgo de enfermedades cardiovasculares, hipertensión, ansiedad y bajo rendimiento.
No en vano, el sueño es una necesidad biológica y un proceso imprescindible para diversas funciones neuronales, la regulación del apetito o el correcto funcionamiento del metabolismo interno (2).
Así, la imposibilidad para conciliar el sueño a consecuencia del ruido, como recuerda la OMS en “Night Noise Guidelines for Europe” (3) está ligado, en mayor o menor medida, a los siguientes problemas:
- Aumento de la frecuencia cardíaca
- Incremento del nivel de excitación
- Modificación de las etapas del sueño
- Despertares involuntarios prolongados
- Insomnio
Recogiéndose asimismo otros trastornos como aumento de la sensación de fatiga, incremento del número de accidentes o disminución del rendimiento en torno a los cuales existen un menor número de evidencias clínicas.
¿Cuáles son las principales fuentes de ruido nocturno?
Aunque existen diversas fuentes de ruido nocturno como el tránsito de vehículos, las obras, los parques caninos de las zonas urbanas o algunos servicios municipales como la recogida de residuos, la contaminación acústica generada en las zonas de ocio en las que proliferan bares, restaurantes o terrazas es un importante motivo de queja vecinal.
Los procesos de revitalización y el fomento del turismo que han experimentado diversas áreas urbanas, como es el caso de los centros históricos o las zonas costeras en los destinos turísticos, han conllevado la apertura de actividades vinculadas al ocio nocturno que atraen cada noche a un elevado número de personas.
El mantenimiento de esta economía nocturna resulta fundamental para muchos municipios, ya que supone una importante fuente de ingresos y de creación de empleo. Pero también puede generar niveles de ruido molestos para las personas residentes en el área.
De hecho, diversos reportajes de prensa y TV también destacan la proliferación de pisos turísticos como nueva fuente de ruido nocturno sin control.
La actividad hostelera como tal, por ejemplo, puede conllevar que el vecindario soporte niveles elevados de música que impiden conciliar el sueño o lo dificultan.
No obstante, no siempre son los locales hosteleros los principales culpables de la situación, ya que muchos están insonorizados en cumplimiento de la legislación aplicable.
En muchas ocasiones, son las personas que frecuentan estas áreas las que generan gran parte de los problemas. Las nuevas formas de consumo y entretenimiento están ligadas al disfrute de la noche y la socialización al aire libre, donde las conversaciones constantes se desarrollan a un alto volumen.
¿Qué límites de ruido nocturno establece la legislación?
Aunque cada comunidad autónoma y municipio pueden establecer sus propias normas en cuanto a ruido, el Real Decreto 1367/2007 fija los siguientes valores límite orientativos de inmisión de ruido, es decir, el ruido medido en el interior de las zonas colindantes a los locales:
Tabla B2. Valores límite de ruido transmitido a locales colindantes por actividades del Real Decreto 1367/2007
Además, muchas ciudades han reforzado sus ordenanzas municipales para controlar el impacto del ocio nocturno, sobre todo en zonas tensionadas como el centro de Madrid, Barcelona, Málaga o Valencia.
Andalucía, por ejemplo, ha establecido el Decreto 50/2025 aprobado en febrero de este mismo año en el que se obliga a instalar controladores acústicos en zonas con actividades ruidosas, así como limitar el volumen de las sirenas en vehículos de emergencia a 70-90 dB en horario nocturno y regular las obras públicas y maquinaria para minimizar el impacto de la contaminación acústica.
Monitorización continua de los niveles de ruido
La medición de los niveles de ruido a través de soluciones como el dispositivo Nanoenvi EQ es una de las primeras medidas a tener en cuenta para atajar y reducir los problemas que ocasionan las zonas de ocio nocturno.
Esta solución consiste en el establecimiento de una red de sensores en diversos puntos de la ciudad o en las áreas consideradas como más conflictivas que se encargan de monitorizar la presión sonora. Los datos son transmitidos a la plataforma IoT Envira DS para su visualización y análisis, pudiendo configurar alertas que advierten de la superación de un determinado nivel de ruido.
Elaboración de mapas de ruido
Los mapas de ruido son una herramienta contemplada por la legislación que tiene como objetivo determinar la exposición al ruido ambiental que sufre la gente.
Su elaboración se basa en la recogida de información mediante dispositivos de referencia, datos que también pueden complementarse con las lecturas que ofrecen las redes descritas en el epígrafe anterior y que en muchos casos posibilitan la creación de mapas dinámicos de ruido.
Delimitación de Zonas de Protección Acústica Ambiental
Algunas zonas urbanas están optando por delimitar Zonas de Protección Acústica Ambiental (ZPAE), que son áreas donde se incumplen de manera sistemática los objetivos de calidad acústica vigentes por ley.
La declaración de estas zonas implica la necesidad de elaborar planes zonales orientados a mejorar la calidad acústica. Esta medida suele conllevar afecciones sobre las actividades de hostelería y restauración, limitando, por ejemplo, la concesión de nuevas licencias o la modificación y ampliación de los negocios existentes, estableciendo, asimismo, un estricto horario de apertura y cierre.
Campañas de educación
La descripción de la problemática efectuada hasta el momento deja claro que también es necesario incidir en la educación de las personas que frecuentan estos ambientes, promoviendo hábitos y comportamientos que permitan conciliar el descanso y el ocio nocturno.
Las zonas de marcha son en ocasiones foco de conflicto vecinal a consecuencia del ruido nocturno que se genera en ellas, un problema al que contribuyen tantos los propios establecimientos hosteleros como los comportamientos incívicos de las personas que disfrutan de estas zonas de ocio nocturno.
Existen diversas medidas para reducir la afección de la contaminación acústica, pero una de las más efectivas es sin duda la monitorización de los niveles sonoros con soluciones como Nanoenvi EQ.
Referencias:
– (1) Informe anual 2018. Actividades y actuaciones llevadas a cabo a lo largo del año 2018 (11/06/2019) Defensor del Pueblo. https://www.defensordelpueblo.es/informe-anual/informe-anual-2018/
– (2) Basner, M., & McGuire, S. (2018). WHO Environmental Noise Guidelines for the European region: a systematic review on environmental noise and effects on sleep. International Journal Of Environmental Research And Public Health, 15(3), 519. doi: http://doi.org/dbch
– (3) Night Noise Guidelines for Europe. World Health Organisation (WHO); Copenhagen, Denmark: 2009. http://www.euro.who.int/__data/assets/pdf_file/0017/43316/E92845.pdf
– (4) van Liempt, I., van Aalst, I., & Schwanen, T. (2014). Introduction: geographies of the urban night. Urban Studies, 52(3), 407-421. doi: http://doi.org/f6xskh
– (5) Siles, V. (20/12/2018). Contaminación acústica: la respuesta de la jurisprudencia. Consejo General de la Abogacía Española. https://www.abogacia.es/2018/12/20/contaminacion-acustica-la-respuesta-de-la-jurisprudencia/
