Soluciones
Las Zonas de Bajas Emisiones tienen como objetivo monitorizar y mejorar los niveles de contaminación del aire y de contaminación acústica asociados al tráfico rodado y en concreto a los procesos de combustión de los vehículos que circulan por las principales ciudades de España. El Real Decreto 1052/2022 ha tenido como finalidad regular y armonizar los requisitos mínimos que deben cumplir los dispositivos y sistemas con los que controlar la contaminación.
De acuerdo al RD 1052/2022 las entidades locales deberán establecer un sistema de monitorización y seguimiento continuo a los efectos del cumplimiento de los objetivos de calidad del aire y calidad acústica en las ZBE.
Adquisición de datos. Equipos para garantizar la calidad de los datos y evitar problemas legales.
La validez de los datos contaminantes en las ZBE se van a tener muy en cuenta por parte de los organismos de control a nivel europeo y estatal así como por parte de la ciudadanía.
Para asegurar que los datos tienen validez legal el RD que regula las ZBE establece lo siguiente:
Calidad del dato y compilación.
Además de contar con equipos de referencia que garanticen que las mediciones cumplan unos estándares, es necesario revisar la calidad de los datos que son enviadas por los propias dispositivos antes de remitirlas a las Corporaciones Locales o a otras AA.PP. Para garantizar la calidad de los datos recibidos se requiere:
Comunicación hacia AA.PP y ciudadanía.
El RD que regula las ZBE en sus artículos 12 y 13 recoge la necesidad de informar a las Administraciones. Concretamente deben:
También se incluyen obligaciones de comunicación hacia la ciudadanía entre las que se incluyen: