El nuevo plan de hostelería segura de Galicia que ha entrado en vigor obliga a establecimientos como bares, cafeterías y restaurantes a instalar medidores de CO2. Este nuevo protocolo contempla tres niveles en función del grado de compromiso de los locales: Locales tipo 1, locales tipo 2 y un nivel de seguridad para casos extraordinarios de gravedad extrema. En función de las dimensiones y la disposición del establecimiento, estos tendrán que llevar a cabo la adquisición de uno o varios medidores de calidad del aire.
¿Qué valores de CO2 no se pueden superar?
No se deberán superar en el interior las 800 ppm de concentración de CO2. Si el valor de CO2 obtenido supera 800 ppm deberán adoptarse medidas como:
- En el caso de ventilación natural:
Se deberá aumentar la frecuencia de apertura de ventanas o el grado de apertura de estas hasta encontrar la situación en que no se superen los valores recomendados. En caso de que, una vez comprobados todos los escenarios posibles de apertura de ventanas y puertas, se excedan los valores recomendados de CO2, hay varias opciones:
- Complementar con ventilación mecánica.
- Reducir el aforo y el tiempo de permanencia de personas en los locales.
2. En el caso de ventilación mecánica o forzada:
El personal técnico ajustará el equipo de climatización para:
- Aumentar el caudal de aire renovado (tasa) para que aporte la mayor cantidad de aire exterior posible frente a la cantidad de aire recirculado.
- Reducir o limitar la recirculación.
- Otras medidas para alcanzar la renovación de aire establecido por las autoridades sanitarias:
- Si es posible, complementar con ventilación natural.
- Reducir el aforo y el tiempo de permanencia de personas en los locales.
Sobre la colocación de los medidores
La colocación de los medidores de CO2 debe cumplir con los requisitos establecidos en la Guía para las buenas prácticas de ventilación en la hostelería en el contexto de la COVID-19. En el caso de ventilación natural, los medidores no deben colocarse cerca de las ventanas, puertas u otros puntos de ventilación para que no se marquen valores más bajos que los reales. Por tanto, deben estar instalados en las zonas del local donde hay un mayor número de personas o en las zonas con peor flujo de renovación de aire, pero sin que estas puedan respirar directamente encima del sensor del dispositivo para no alterar las medidas. En el caso de ventilación mecánica, el medidor no se debe colocar en la salida de los conductos de ventilación, sino que lo más recomendable sería situarlo en la pared encima de estos.
Requisitos de los medidores dependiendo del tipo de local
Para locales tipo 1
- Disponer de dispositivos medidores de CO2, con marca CE y con pantalla visible para los usuarios. Realizar y registrar las mediciones por lo menos cada 4 horas y en los momentos de máxima afluencia.
- No se deberán superar en el interior las 800 ppm de concentración de CO2.
Para locales tipo 2
- Disponer de dispositivos medidores de CO2 en continuo, con marca CE y con pantalla visible para los usuarios. No se deberán superar en el interior las 800 ppm de concentración de CO2. Se recomienda el uso de actuadores automáticos, en el caso de sistemas de ventilación forzada, para la regulación del aporte de aire en el caso de superar las 800 ppm.
- Reforzar la ventilación de los espacios interiores. Se recomienda la ventilación natural de forma permanente (si no es posible, deberán realizarse tareas de ventilación de forma frecuente).
- En el caso de la utilización de sistemas de ventilación forzada, deberá aumentarse el suministro de aire limpio y se limitará al mínimo indispensable la función de recirculación del aire interior.
- En el caso de tener sistema de ventilación/climatización se deberá acreditar la certificación del mantenimiento periódico y de la última revisión por parte de profesional autorizado.
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Referencias: ORDEN de 14 de septiembre de 2021 por la que se aprueba el nuevo Plan de hostelería segura de la Comunidad Autónoma de Galicia