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El ruido nocturno asociado a las zonas de ambiente

Publicado en 9 octubre, 2019

Contaminación y calidad de aire exterior,

La contaminación acústica y, en especial, el ruido nocturno asociado a las zonas de ocio, es uno de los principales motivos de queja en las ciudades.

De hecho, es uno de los factores ambientales que mayor número de expedientes genera en la oficina del Defensor del Pueblo, tal y como se recuerda en su Informe Anual de 2018 (1), superando a otras cuestiones tales como la contaminación atmosférica.

Así pues, ¿qué medidas se pueden implementar para su reducción?

¿Por qué el ruido nocturno resulta tan molesto y qué consecuencias tiene?

Las consecuencias de la contaminación acústica, suponen la presencia de ruidos o vibraciones que generan molestias sobre las personas, entre otras.

Este problema impide en muchos casos el desarrollo normal de las actividades diarias, entre las que dormir ocupa un rol fundamental. No en vano, el sueño es una necesidad biológica y un proceso imprescindible para diversas funciones neuronales, la regulación del apetito o el correcto funcionamiento del metabolismo interno (2).

Así, la imposibilidad para conciliar el sueño a consecuencia del ruido, como recuerda la OMS en “Night Noise Guidelines for Europe” (3) está ligado, en mayor o menor medida, a los siguientes problemas:

  • aumento de la frecuencia cardíaca
  • incremento del nivel de excitación
  • modificación de las etapas del sueño
  • despertares involuntarios prolongados
  • insomnio

recogiéndose asimismo otros trastornos como aumento de la sensación de fatiga, incremento del número de accidentes o disminución del rendimiento en torno a los cuales existen un menor número de evidencias clínicas.

¿Cuáles son las principales fuentes de ruido nocturno y qué dice la legislación?

Aunque existen diversas fuentes de ruido nocturno como el tránsito de vehículos, las obras, vecinos ruidosos o algunos servicios municipales como la recogida de residuos, la contaminación acústica generada en las zonas de ocio en las que proliferan bares, restaurantes o terrazas es un importante motivo de queja vecinal.

Los procesos de revitalización y el fomento del turismo que han experimentado diversas áreas urbanas, como es el caso de los centros históricos o las zonas costeras en los destinos turísticos, han conllevado la apertura de actividades vinculadas al ocio nocturno que atraen cada noche a un elevado número de personas.

El mantenimiento de esta economía nocturna resulta fundamental para muchos municipios, ya que supone una importante fuente de ingresos y de creación de empleo. Pero también puede generar niveles de ruido molestos para las personas residentes en el área.

La actividad hostelera como tal, por ejemplo, puede conllevar que el vecindario soporte niveles elevados de música que impiden conciliar el sueño o lo dificultan.

No obstante, no siempre son los locales hosteleros los principales culpables de la situación, ya que muchos están insonorizados en cumplimiento de la legislación aplicable. En muchas ocasiones, son las personas que frecuentan estas áreas las que generan gran parte de los problemas. Las nuevas formas de consumo y entretenimiento están ligadas al disfrute de la noche y la socialización al aire libre, siendo las conversaciones que se desarrollan a un volumen de voz alto una constante de las zonas de ambiente. Estas nuevas dinámicas, asimismo, pueden caer con facilidad en un exceso en la ingesta de alcohol u otras sustancias que pueden desembocar en el desarrollo de comportamientos incívicos que también ocasionan graves molestias al vecindario (4).

Legislación aplicable

La legislación vigente en materia de ruido en España, además de las ordenanzas municipales que dictan los diferentes consistorios y las sentencias judiciales que sientan jurisprudencia (5), se sustenta sobre las siguientes normas:

  • Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido.
  • Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.
  • Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
  • Real Decreto 1038/2012, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
  • Orden PCI/1319/2018, de 7 de diciembre, por la que se modifica el Anexo II del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación del ruido ambiental.

En esta normativa se establecen los valores límite de ruido para el período diurno y nocturno, que en las zonas residenciales no pueden superar los 65 decibelios (dB) por el día ni los 55 por la noche. No obstante, la OMS recomienda que durante la noche no se sobrepasen los 40 dB, valor que equivale al nivel sonoro de una conversación mantenida en un tono normal.

¿Cómo reducir el ruido nocturno en las zonas de ambiente?

Una vez definidas las principales fuentes que generan contaminación acústica en estas zonas, estas son:

  • la propia actividad hostelera y los ruidos asociados a ella
  • la gente que acude a estos locales

y los límites que establece la legislación vigente, cabe centrarse en las medidas que pueden contribuir a reducir estos problemas. En los siguientes epígrafes se describen algunas de ellas:

Monitorización continua de los niveles de ruido

La medición de los niveles de ruido a través de soluciones como las que ofrece ENVIRA es una de las primeras medidas a tener en cuenta para atajar y reducir los problemas que ocasionan las zonas de ocio nocturno.

Esta solución consiste en el establecimiento de una red de sensores en diversos puntos de la ciudad o en las áreas consideradas como más conflictivas que se encargan de monitorizar la presión sonora. Los datos son transmitidos a la plataforma IoT Envira DS para su visualización y análisis, pudiendo configurar alertas que advierten de la superación de un determinado nivel de ruido.

Elaboración de mapas de ruido

Los mapas de ruido son una herramienta contemplada por la legislación que tiene como objetivo determinar la exposición al ruido ambiental que sufre la gente.

Su elaboración se basa en la recogida de información mediante dispositivos de referencia, datos que también pueden complementarse con las lecturas que ofrecen las redes descritas en el epígrafe anterior y que en muchos casos posibilitan la creación de mapas dinámicos de ruido.

Delimitación de Zonas de Protección Acústica Ambiental

Algunas zonas urbanas están optando por delimitar Zonas de Protección Acústica Ambiental (ZPAE), que son áreas donde se incumplen de manera sistemática los objetivos de calidad acústica vigentes por ley.

La declaración de estas zonas implica la necesidad de elaborar planes zonales orientados a mejorar la calidad acústica. Esta medida suele conllevar afecciones sobre las actividades de hostelería y restauración, limitando, por ejemplo, la concesión de nuevas licencias o la modificación y ampliación de los negocios existentes, estableciendo, asimismo, un estricto horario de apertura y cierre.

Campañas de educación

La descripción de la problemática efectuada hasta el momento deja claro que también es necesario incidir en la educación de las personas que frecuentan estos ambientes, promoviendo hábitos y comportamientos que permitan conciliar el descanso y el ocio nocturno.

Las zonas de marcha son en ocasiones foco de conflicto vecinal a consecuencia del ruido nocturno que se genera en ellas, un problema al que contribuyen tantos los propios establecimientos hosteleros como los comportamientos incívicos de las personas que disfrutan de estas zonas de ocio nocturno. Existen diversas medidas para reducir la afección de la contaminación acústica, pero una de las más efectivas es sin duda la monitorización de los niveles sonoros con soluciones como las comercializadas por ENVIRA.

Referencias:
– (1) Informe anual 2018. Actividades y actuaciones llevadas a cabo a lo largo del año 2018 (11/06/2019) Defensor del Pueblo. https://www.defensordelpueblo.es/informe-anual/informe-anual-2018/
– (2) Basner, M., & McGuire, S. (2018). WHO Environmental Noise Guidelines for the European region: a systematic review on environmental noise and effects on sleep. International Journal Of Environmental Research And Public Health, 15(3), 519. doi: http://doi.org/dbch
– (3) Night Noise Guidelines for Europe. World Health Organisation (WHO); Copenhagen, Denmark: 2009. http://www.euro.who.int/__data/assets/pdf_file/0017/43316/E92845.pdf
– (4) van Liempt, I., van Aalst, I., & Schwanen, T. (2014). Introduction: geographies of the urban night. Urban Studies, 52(3), 407-421. doi: http://doi.org/f6xskh
– (5) Siles, V. (20/12/2018). Contaminación acústica: la respuesta de la jurisprudencia. Consejo General de la Abogacía Española. https://www.abogacia.es/2018/12/20/contaminacion-acustica-la-respuesta-de-la-jurisprudencia/

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