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Conoce los aspectos más destacados de la Ley PRL 31/ 1995. Te resumimos todo lo que tienes que saber sobre ella para tu día a día en el trabajo.
La Ley 31/1995 transpone al Derecho español la Directiva 89/391/CEE y tiene por objeto la determinación del cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, y ello en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz de prevención de los riesgos laborales.
A partir del reconocimiento del derecho de los trabajadores en el ámbito laboral a la protección de su salud e integridad, la Ley establece las diversas obligaciones que, en el ámbito indicado, garantizarán este derecho, así como las actuaciones de las Administraciones públicas que puedan incidir positivamente en la consecución de dicho objetivo.
Incluye un capítulo propio con directrices políticas en materia de prevención de riesgos laborales.
Tiene por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
Esta política se llevará a cabo por medio de las normas reglamentarias y de las actuaciones administrativas que correspondan y, en particular, las que se regulan en este capítulo, que se orientarán a la coordinación de las distintas Administraciones públicas competentes en materia preventiva y a que se armonicen con ellas las actuaciones que conforme a esta Ley correspondan a sujetos públicos y privados, a cuyo fin:
Esto engloba a las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria, la coordinación administrativa, la participación de empresarios y trabajadores y a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención, con arreglo a los siguientes principios generales:
En la ley se establece que el empresario designará uno o varios trabajadores para ocuparse de dicha actividad, constituirá un servicio de prevención o concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa.
A lo largo de la Ley se establecen las bases de estos servicios que posteriormente se desarrollan en un Reglamento específico.
La Ley establece la importancia de la consulta y participación de los trabajadores en materia de prevención.
El empresario deberá consultar a los trabajadores, con la debida antelación, la adopción de las decisiones relativas a:
Los fabricantes, importadores y suministradores de maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo están obligados a asegurar que éstos no constituyan una fuente de peligro para el trabajador, siempre que sean instalados y utilizados en las condiciones, forma y para los fines recomendados por ellos.