Actualidad
Publicado el 07/03/2017
En Proyecto la Ley que tiene por objeto regular la comercialización y la utilización de precursores de explosivos.
El Ministerio del Interior ha procedido a elaborar un Proyecto de Ley sobre aquellas cuestiones que el Reglamento comunitario sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos ha dejado a regulación de los diferentes Estados miembros.
La Unión Europea aprobó el 15 de enero de 2013 un Reglamento comunitario sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos, que por primera vez establece normas armonizadas con el fin de controlar o limitar la disponibilidad de una serie de sustancias susceptibles de utilizarse para la fabricación ilícita de explosivos.
Pese a que el Reglamento es de aplicación directa desde el 2 de septiembre de 2014, éste contiene una serie de previsiones que cada Estado miembro debe adoptar en su respectivo territorio para hacer posible su correcta aplicación, como es la regulación de un régimen sancionador para los particulares y los operadores económicos, y que resultan necesarios para la completa y efectiva aplicación del Reglamento comunitario antes referido.
Con respecto a esta clase de precursores de explosivos, el Reglamento comunitario ha dejado que cada Estado miembro decida entre dos opciones:
En el caso de España, la futura Ley cobra mayor relevancia ya que no existe normativa específica que regule las transacciones con esta clase de sustancias en su condición de precursores de explosivos. El rango de Ley viene impuesto básicamente por la regulación del régimen sancionador que, por imperativo del artículo 25 de la Constitución, debe contenerse en una norma de dicho rango.