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Cuenta atrás para que las actividades clasificadas como Nivel de Prioridad 2 presenten las garantías financieras obligatorias.
Aquellas actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad medioambiental, clasificadas con Nivel de Prioridad 2 mediante la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, deberán presentar antes del 31 de octubre de 2019 las garantías financieras obligatorias. Así lo determina la Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, que estableció el plazo de dos años después de la fecha de su entrada de vigor para que las actividades clasificadas con nivel 2 dispongan de una garantía financiera.
Las siguientes en presentar estas garantías financieras serán las actividades clasificadas como prioridad 2. La Orden APM/1040/2017 fija como plazo máximo el 31 de octubre de 2019.
Las principales actividades sujetas al nivel 2 de prioridad son:
El sistema de garantías financieras obligatorias se establece mediante tres modalidades:
Las garantías financieras se basan en la redacción previa de un Análisis de Riesgos Ambientales, conforme la metodología propuesta la Ley 26/2007, de 23 de octubre, basada en parte en lo dispuesto en la Norma UNE 150008:2008, Análisis y Evaluación del Riesgo Ambiental y una monetización posterior de del escenario escogido, para lo cual, el Ministerio con competencias en la materia ha desarrollado el Modelo de Oferta de Responsabilidad Medioambiental (MORA) como herramienta de apoyo.
Las actividades clasificadas con nivel de prioridad 3 en la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, deberán disponer de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que pretendan desarrollar, en el plazo de dos años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la Orden TEC/1023/2019 (16 de octubre de 2021), a excepción de las actividades de cría intensiva de aves de corral o de cerdos que deberán disponer de la garantía financiera en el plazo de tres años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la Orden TEC/1023/2019 (16 de octubre de 2022).
El 19 de octubre de 2018 finalizó el plazo para que las actividades clasificadas con Nivel de Prioridad 1 presentasen las garantías financieras obligatorias.
Las actividades sujetas al nivel 1 de prioridad son:
Recordamos que Eurofins ENVIRA Ingenieros Asesores posee una dilatada trayectoria profesional en la realización de estudios de evaluación de riesgos ambientales.