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Incluye como novedad un modelo de certificado que permitirá acreditar ante los suministradores que las instalaciones con menos de 1.000 l de los productos de la clase C y D cumplen de las medidas de seguridad exigidas por la ITC MI-IP03.
Publicada en el B.O.N. 129 de 05/07/2018 la Resolución 38/2018, de 30 de mayo de la Directora General de Industria, Energía e Innovación por la que se aprueban modelos de libro y de solicitudes en aplicación de las instrucciones técnicas complementarias MI-IP 04 `Instalaciones para suministro a vehículos´ y MI-IP 03 `Instalaciones petrolíferas para uso propio´
Con fecha 2 de noviembre de 2017 entró en vigor el Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 `Instalaciones para suministro a vehículos´ y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas. A través de la presente resolución se da cumplimiento a determinadas exigencias del mismo.
Para las instalaciones existentes, dicho libro deberá ser presentado en el Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, debidamente cumplimentado para ser diligenciado, antes del 31 de diciembre de 2018.
Disponibles los formularios en la página web de Navarra en el apartado Registro de instalaciones petrolíferas dedicadas al consumo en la propia instalación.
Por otro lado, en relación a lo establecido en el punto 34 de la instrucción técnica complementaria MI-IP03, se aprueban los modelos:
En ambos casos se busca que los titulares de las instalaciones puedan acreditar el cumplimiento de las medidas de seguridad exigidas por la ITC MI-IP03 ante el suministrador de productos petrolíferos. Estos certificados deberán ser emitidos por empresas habilitadas.
Disponibles los formularios en la página web de Navarra en el apartado Registro de instalaciones petrolíferas dedicadas al consumo en la propia instalación.