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Una pregunta recurrente entre nuestros clientes es cómo realizar el mantenimiento del aire acondicionado cumpliendo con la legislación. En este artículo resumimos todo lo que debes saber para realizar el mantenimiento de los equipos de aire acondicionado y así optimizar su rendimiento durante su tiempo de vida útil.
Realizar un mantenimiento del aire acondicionado durante toda la vida útil de los equipos es imprescindible tanto para evitar averías como para mantener su rendimiento energético durante el tiempo que estén en funcionamiento. El mantenimiento del aire acondicionado es por tanto algo importante para garantizar unas condiciones óptimas del equipo y reducir gastos energéticos, pero además es obligatorio según la normativa legal en la materia que obliga a llevar a cabo ciertas tareas de mantenimiento.
Pero ¿tienes claro cuáles son las tareas de mantenimiento de aire acondicionado que debes realizar en tus equipos?; ¿sabes con qué frecuencia debes realizar estas operaciones y quién puede llevarlas a cabo?; ¿sabes si es obligatorio contratar a una empresa habilitada para ello?.
Para aclarar esta y otras muchas dudas que surgen respecto al mantenimiento del aire acondicionado en este post damos respuesta a todas estas cuestiones.
Fundamentalmente para el mantenimiento del aire acondicionado debemos tener en cuenta dos normas clave:
A continuación, te contamos cuáles son las claves del mantenimiento de los equipos de aire acondicionado para cumplir con esta legislación.
Sí, el mantenimiento de aire acondicionado se debe realizar conforme al RD 1027/2007, siempre que los equipos estén destinados a atender la demanda de bienestar e higiene de personas. En el caso de que los equipos sean destinados a climatización o frío industrial no se rigen por esta normativa, sino por el Reglamento de Instalaciones Frigoríficas (RD 552/2019)
En concreto para el mantenimiento de aire acondicionado se debe atender a lo que se establece en el capítulo VI y en la Instrucción técnica IT 3 de dicho Real Decreto, donde se recogen todas las exigencias de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado para garantizar que su funcionamiento esté optimizado durante su vida útil.
Según esta normativa, el titular o usuario de las instalaciones es el responsable del equipo de aire acondicionado en lo que se refiere a su uso y mantenimiento. No obstante, es obligatorio poner en conocimiento del responsable de mantenimiento cualquier anomalía que se produzca en los equipos.
El titular de la instalación deberá responsabilizarse por tanto de las siguientes tareas::
a) El mantenimiento de la instalación de aire acondicionado que será realizado por una empresa mantenedora habilitada.
b) Las inspecciones obligatorias que deberán realizarse en los equipos de aire acondicionado
c) Toda la documentación relacionada con el mantenimiento, reparación, reforma o inspecciones realizadas en los equipos de aire acondicionado
El mantenimiento de aire acondicionado se realizará cumpliendo con unos requerimientos generales que se describen a continuación:
Además, en función de la potencia de las instalaciones de aire acondicionado se deberán cumplir las siguientes condiciones concretas relativas al mantenimiento:
El titular de la instalación podrá realizar el mantenimiento de aire acondicionado con personal propio siempre y cuando se presente ante el órgano competente de la comunidad autónoma una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos para el ejercicio de la actividad de mantenimiento (art. 37)
Se dispondrá de un registro en el que se recojan las operaciones de mantenimiento del aire acondicionado y las reparaciones que se produzcan y que deberá conservarse durante un periodo de al menos 5 años.
Las anotaciones en dicho registro serán llevadas a cabo por la empresa mantenedora.
Si se dispusiera de equipos de aire acondicionado de potencia superior a 70 kw se suscribirá anualmente el certificado de mantenimiento por parte de la empresa mantenedora y el director de mantenimiento, cuando sea obligatorio la existencia de éste.
La validez del certificado de mantenimiento de aire acondicionado expedido será como máximo de un año.
Se dispondrá además de instrucciones de seguridad, instrucciones de manejo y maniobra e instrucciones de funcionamiento
Las instalaciones de aire acondicionado se mantendrán de acuerdo con las operaciones y periodicidades contenidas en el programa de mantenimiento preventivo establecido en el «Manual de uso y mantenimiento» cuando este exista.
Las periodicidades serán al menos las indicadas a continuación según el uso del edificio y la potencia nominal:
Equipos y potencias útiles nominales (Pn) | Usos | |
Viviendas | Restantes usos | |
Aire acondicionado Pn ≤ 12 kW. | 4 años. | 2 años. |
Aire acondicionado 12 kW < Pn ≤ 70 kW. | 2 años. | Anual. |
Instalaciones de potencia superior a 70 kW. | Mensual. | Mensual. |
A título orientativo se indican a continuación las operaciones de mantenimiento preventivo del aire acondicionado (instalaciones de climatización) que se deben realizar teniendo en cuenta que las periodicidades serán las establecidas en la tabla anterior:
Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad. Instalación de climatización:
1. Limpieza de los evaporadores. Limpieza de los condensadores.
2. Drenaje, limpieza y tratamiento del circuito de torres de refrigeración.
3. Comprobación de la estanquidad y niveles de refrigerante y aceite en equipos frigoríficos.
4. Revisión y limpieza de filtros de aire.
5. Revisión de aparatos de humectación y enfriamiento evaporativo.
6. Revisión y limpieza de aparatos de recuperación de calor.
7. Revisión de unidades terminales agua-aire.
8. Revisión de unidades terminales de distribución de aire.
9. Revisión y limpieza de unidades de impulsión y retorno de aire.
10. Revisión de equipos autónomos.
Para instalaciones de potencia útil nominal mayor de 70 kW cuando no exista «Manual de uso y mantenimiento» la empresa mantenedora contratada elaborará un Manual de uso y mantenimiento que entregará al titular de la instalación. Las operaciones de mantenimiento de los equipos de aire acondicionado a realizar serán las que se indican en la tabla 3.3 siguiente (las que correspondan con equipos de aire acondicionado).
Tabla 3.3:
S: Una vez cada semana.
S*: Estas operaciones podrán realizarse por el propio usuario, con el asesoramiento previo del mantenedor.
m: Una vez al mes; la primera al inicio de la temporada.
t: Una vez por temporada (año).
2 t: Dos veces por temporada (año); una al inicio de la misma y otra a la mitad del período de uso, siempre que haya una diferencia mínima de dos meses entre ambas.
La empresa mantenedora deberá realizar una evaluación del rendimiento de los equipos generadores de frío (entre los que se encuentran equipos de aire acondicionado) en función de su potencia térmica nominal, según se indica en la siguiente tabla:
Medidas de generadores de frío | Periodicidad | |
70kW < P≤1.000kW | P>1.000kW | |
1. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del evaporador. | 3 m | m |
2. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del condensador. | 3 m | m |
3. Pérdida de presión en el evaporador en plantas enfriadas por agua. | 3 m | m |
4. Pérdida de presión en el condensador en plantas enfriadas por agua. | 3 m | m |
5. Temperatura y presión de evaporación. | 3 m | m |
6. Temperatura y presión de condensación. | 3 m | m |
7. Potencia eléctrica absorbida. | 3 m | m |
8. Potencia térmica instantánea del generador, como porcentaje de la carga máxima. | 3 m | m |
9. EER instantáneo. | 3 m | m |
10. Caudal de agua en el evaporador. | 3 m | m |
11. Caudal de agua en el condensador. | 3 m | m |
m: Una vez al mes; la primera al inicio de la temporada;
3 m: Cada tres meses; la primera al inicio de la temporada.
Dentro de nuestro plan de mantenimento periódico de los equipos de aire acondicionado debemos considerar también las inspecciones de eficiencia energética obligatorias. Los sistemas de aire acondicionado y las instalaciones combinadas de aire acondicionado y ventilación que cuenten con generadores de frío de potencia útil nominal instalada mayor que 70 kW serán sometidos a inspecciones de eficiencia energética periódicas, cada 4 años. Nota: La evaluación de la potencia se realizará teniendo en consideración la suma de las potencias de generación de aire acondicionado.
El objetivo de estas inspecciones es comprobar que se cumplen las condiciones de eficiencia energética en los equipos de aire acondicionado y serán realizadas por entidades acreditados por el Órgano competente de la Comunidad Autónoma.
La inspección incluirá una evaluación del rendimiento y del dimensionado del generador de frío en comparación con los requisitos de refrigeración del edificio y deberán realizarse conforme a la norma UNE EN 16798-17
La inspección de eficiencia energética comprenderá:
a) Análisis y evaluación del rendimiento y dimensionado del generador de frío
b) Bombas de circulación.
c) Sistema de distribución, incluyendo su aislamiento.
d) Emisores.
e) Sistema de regulación y control.
f) Ventiladores.
g) Sistemas de distribución de aire.
h) Instalación de energía renovable, sistemas de aprovechamiento de energía residual o cogeneración caso de existir, que comprenderá la evaluación de la contribución de las mismas al sistema de refrigeración.
i) Para instalación de potencia útil nominal superior a 70 kW, verificación de los resultados del programa de gestión energética para verificar su realización y la evolución de los resultados.
j) Verificación y contraste de la información puesta a disposición del público sobre consumo y sobre temperatura y humedad.
Como resultado de la inspección de eficiencia energética de los equipos de aire acondicionado se emitirá un informe de inspección con las recomendaciones de mejora de la eficiencia de los equipos, que será entregado al propietario de los mismos.
El plan de mantenimiento de equipos de aire acondicionado de más de 15 años de antigüedad y con potencia térmica nominal instalada mayor de 70 kW deberá incluir también la realización de una inspección de eficiencia energética de toda la instalación. En estas inspecciones completas se deberán comprobar los siguientes puntos:
La inspección completa se realizará cada 15 años.
Además del mantenimiento de aire acondicionado conforme al RITE es necesario comprobar que no se produzcan fugas de los gases refrigerantes que contienen estos equipos, según se indica en el Reglamento 517/2014 de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 842/2006
Se deberán realizar los controles de fugas en aquellos aparatos de aire acondicionado que contengan gases fluorados de efecto invernadero en cantidades equivalentes a 5 toneladas de CO2 o más no incluidos en espumas, y estas operaciones deberán ser consideradas dentro del plan de mantenimento general de estos equipos.
No se deberán someter a estos controles los aparatos que estén sellados herméticamente y que además contengan gases fluorados de efecto invernadero en cantidades inferiores a 10 toneladas equivalentes de CO2, siempre y cuando estén etiquetados indicando que están sellados herméticamente.
La frecuencia con la que se llevarán a cabo estos controles de fugas será la siguiente:
Se deberá disponer y mantener actualizado un registro con estos equipos, en el que constarán los siguientes datos:
El control de fugas deberá ser realizado por personal que disponga del certificado correspondiente de manipulación de gases fluorados.
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