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Las comunicaciones de actividades en centros de trabajo en Galicia ahora se realizan exclusivamente de forma electrónica

Las comunicaciones de actividades en centros de trabajo en Galicia ahora se realizan exclusivamente de forma electrónica

Publicado el 18/07/2016

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La presentación de las comunicaciones se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

Publicada en el DOG nº 131 de 12/07/2016 la Orden de 1 de junio de 2016 por la que se aprueba y se da publicidad del modelo de comunicación de apertura o reanudación de la actividad de centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 131 de 12/07/2016).

La Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudación de actividades en los centros de trabajo establece que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, las administraciones públicas dispondrán lo necesario para que las personas interesadas utilicen medios electrónicos al presentar la comunicación de apertura y documentación complementaria a que se refiere esta orden. A tal fin las comunidades autónomas podrán realizar las adaptaciones precisas, respetando su contenido, en el modelo oficial que figura como anexo I para su presentación en formato electrónico.

Por tanto, la presentación de las comunicaciones se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es. Para la presentación de las comunicaciones será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Asimismo, se añade un nuevo apartado en la parte A del anexo I de comunicación o reanudación de la actividad de centros de trabajo, por lo que, en caso de que se produzcan cambios en el centro de trabajo, se comunicarán dichos cambios por medios electrónicos.

Documentación específica en el caso de obras de construcción:

  • a) Plan de seguridad y salud en el trabajo, cuando sea de aplicación el Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción y, en concreto, cuando la empresa realice alguna de las actividades que se relacionan en el anexo I de dicho real decreto. Si no fuese exigible el plan de seguridad y salud, se aportará la correspondiente evaluación de riesgos.
  • b) Acta de aprobación del plan de seguridad, si este fuera exigible. 

Documentación específica en el caso de las actividades detalladas en el Decreto 133/2008, de 12 de junio, por el que se aprueba la evaluación de incidencia ambiental:

  • Proyecto técnico redactado por técnico competente en la materia y memoria descriptiva en la que se detallen los aspectos básicos relativos a la actividad, a su localidad y repercusiones en el ambiente.

La documentación complementaria se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante.

En la sede electrónica se encuentran publicados los formatos admitidos para la presentación de documentación. Si la persona solicitante desea presentar cualquier documentación en formatos no admitidos, podrá realizarlo de forma presencial a través de cualquiera de los registros habilitados.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.