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Resumimos las inspecciones de equipos a presión (tuberías y recipientes de aire comprimido) en dos tablas de categorización
Según la definición recogida por el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, un equipo a presión es todo elemento sometido a una presión máxima admisible superior a 0,5 BAR. Es decir, cualquier depósito, tubería, caldera o similar que se encuentre diseñado para soportar 0,5BAR de presión es un equipo a presión. Resumimos las inspecciones de equipos a presión reguladas por el Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus ITCs.
Todos los equipos a presión deben someterse a inspecciones y pruebas periódicas con el objetivo de garantizar el mantenimiento, por un lado, de las condiciones técnicas del mismo y, por otro lado, las condiciones de seguridad que han de cumplirse. Estas inspecciones periódicas han de ser realizadas por empresas instaladoras EIP 1 ó 2, por un Organismo de Control Autorizado, por el fabricante o por el usuario.
Estos equipos a presión se clasifican atendiendo a las categorías indicadas en el artículo 9 del RD 769/1999 (BOE 31-5-1999) que transpone la directiva 97/23/CE sobre equipos a presión, obteniéndose las siguientes categorías:
A continuación, presentamos unas tablas de categorización dónde podrá comprobar cuándo realizar las inspecciones periódicas de los diferentes equipos a presión explicando, posteriormente, en qué consisten los diferentes niveles de las mismas.
Inspecciones periódicas para recipientes de aire comprimido
Inspecciones periódicas para tuberías de aire comprimido
Las inspecciones a realizar en los equipos a presión según este Real Decreto se clasifican en:
Si de esta inspección resultase que existen motivos razonables que puedan suponer un deterioro de la instalación, se realizará a continuación una inspección de nivel B por un organismo de control autorizado.
Ya está disponible el proyecto del nuevo Reglamento que establecerá las condiciones técnicas que deben cumplir las instalaciones de equipos a presión con objeto de garantizar la seguridad de las personas y los bienes, así como la protección del medio ambiente sustituyendo al actual Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, además de a instalaciones nuevas, los equipos existentes se tendrán que adecuar en todo lo relativo a inspecciones del nuevo Reglamento.
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