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Hasta el 21 de agosto puede consultarse el proyecto de Orden que modificará el Anexo III del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
Procede, por tanto, modificar el Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, de vehículos al final de su vida útil incorporando este nuevo anexo II, lo que se debería realizar por trámite de urgencia dado que según el artículo 2 de la citada Directiva 2013/28/UE de la Comisión de 17 de mayo de 2013 la transposición habrá de hacerse en los tres meses siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, y en forma de Orden Ministerial, ya que el RD contiene habilitación para actualización de los anexos a través de Orden Ministerial.
El plazo para envío de observaciones es desde el 22 de julio al 21 de agosto ambos inclusive, en la siguiente dirección de correo electrónico: buzon-sgr@magrama.es.
OBJETIVO DEL PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL.
El presente proyecto de orden ministerial persigue incorporar al ordenamiento interno, las medidas previstas en la nueva Directiva 2011/37/UE, sustituyendo el anexo II del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, por el nuevo anexo de la Directiva de 2013.
El anexo de la Directiva de 2013 incorpora dos novedades: