Actualidad
Se aprueba la instalación y utilización de desfibriladores en la Comunidad Autónoma de Madrid fuera del ámbito sanitario y se establece su obligatoriedad en determinados espacios.
Se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el DECRETO 78/2017, de 12 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro. (B.O.C.M. 179 14/09/2017)
El presente Decreto tiene por objeto regular, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la instalación y utilización de desfibriladores externos, fuera del ámbito sanitario, establecer la obligatoriedad de su disponibilidad en determinados espacios, públicos o privados y crear el Registro madrileño de desfibriladores externos.
Quedarán obligados a disponer de al menos un desfibrilador en condiciones aptas de funcionamiento y listo para su uso inmediato los siguientes espacios o lugares:
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