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La 2ª edición del distintivo Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid tiene la finalidad de potenciar la conciencia social sobre el uso eficiente de la energía para procurar una mejor calidad ambiental y contribuir con ello a un mayor desarrollo sostenible.
Publicada la Orden de 5 de enero de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras para la participación en la concesión de los distintivos Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid y se realiza la convocatoria en su segunda edición (BOCM nº 29 de 04/02/2016). Tiene la finalidad de potenciar la conciencia social sobre el uso eficiente de la energía para procurar una mejor calidad ambiental y contribuir con ello a un mayor desarrollo sostenible. Las solicitudes se podrán presentar hasta el 5 de marzo de 2016.
Con la creación de los distintivos Edificio Sostenible de la Comunidad de Madrid que se convocan en esta segunda edición se pretende reconocer y apoyar las actuaciones encaminadas a promocionar la mejora energética y ambiental de los edificios de la Comunidad de Madrid, tanto en lo relativo a su impacto en el ambiente exterior como en el interior, de manera que ello incida eficazmente en la reducción progresiva de la demanda de energía total prevista, en la preservación de los valores ambientales, en el desarrollo económico y social de la región y, en definitiva, en las condiciones de vida de los ciudadanos.
Podrán participar en la convocatoria de los distintivos Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid los titulares de los edificios que cumplan siguientes requisitos:
Los titulares de los edificios que obtengan el distintivo podrán hacer uso públicamente del mismo, colocándolo en el propio edificio.
El distintivo tendrá una validez máxima de tres años a partir de la notificación al interesado de la resolución de su concesión, siempre que el edificio mantenga las condiciones que dieron lugar a su obtención.
La valoración de las solicitudes presentadas se realizará por una Comisión de evaluación.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, de Madrid, o en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas y de la Entidades Locales que estén adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, en Oficinas de Correos, en representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en cualquier otro lugar previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
También podrán presentarse por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, para lo que será necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid que podrán obtenerse a través de www.madrid.org
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.