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Publicado en el DOGC nº 7066 de 25/02/2016 el Decreto 197/2016 que simplifica y ordena los criterios que rigen los registros de la Agencia de Residuos de Cataluña (ARC) y además establece el régimen de comunicación previa para el inicio de la actividad detallando las actividades sometías a éste régimen.
Hasta ahora, la actividad vinculada a la producción, la gestión y el transporte de residuos quedaba recogida en cuatro registros diferentes: el Registro general de gestores de residuos de Cataluña, el Registro General de productores de residuos industriales, el Registro de transportistas de residuos , y el Registro de transportistas de residuos inertes de la construcción y la demolición de Cataluña.
El Decreto 197/2016 actualiza la regulación de estos registros, que ha quedado obsoleta, y la simplifica para facilitar la actividad administrativa vinculada a este sector.
Establece dos únicos registros: uno para productores y uno para gestores. Este último, se dividirá en tres secciones:
Comunicación previa al inicio de la actividad
Por otra parte, el Decreto 197/2016 concreta el régimen de comunicación previa al inicio de la actividad para los siguientes casos:
La formalización, modificación y baja de la comunicación previa se podrá hacer telemáticamente, a través del portal de la Generalidad dirigido a empresas.
Finalmente, para desarrollar la normativa, el Decreto deroga las disposiciones siguientes:
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