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La presente norma regula el procedimiento para la renovación de los carnés de aplicadores de plaguicidas de uso ambiental y de uso en la industria alimentaria en las Islas Baleares.
Para la renovación del carné será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
El nuevo carné será expedido por la Dirección General de Salud Pública y Participación, previa presentación por parte de la persona titular del original o la fotocopia del carné a renovar, así como una fotocopia del DNI, una fotografía de tamaño carné y el certificado médico.
El carné renovado tendrá una validez de 10 años, computados a partir de la fecha de su renovación